La ley exige a todos los países de la UE criminalizar la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el ciberacoso, el ciberacecho, la incitación cibernética al odio o la violencia y el compartir imágenes íntimas de manera no consensuada. Cometer esos delitos se castigará con penas de cárcel de al menos uno a cinco años. La directiva también contiene una lista de circunstancias agravantes, como cometer el delito contra un menor de edad, una expareja o pareja, una esposa o exesposa, un representante público, una periodista o una activista por los derechos humanos. En ese caso, las penas serán más severas. La directiva también contiene "medidas para evitar la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y establece estándares para la protección de las víctimas de estos delitos", indicó el Consejo en un comunicado. Con la nueva ley, será más fácil para las víctimas de violencia contra las mujeres o violencia doméstica denunciar un delito, según la institución de la UE.
"Como mínimo, será posible denunciar ciberdelitos en línea. Los países de la UE también deben implementar medidas para garantizar que los menores reciban asistencia de profesionales. Cuando los niños denuncien un delito cometido por alguien con responsabilidad parental, las autoridades tendrán que tomar medidas para proteger la seguridad del niño antes de informar al presunto autor", expuso el Consejo. Para proteger la privacidad de la víctima y evitar el repetido hostigamiento, los Estados miembros deben, además, garantizar que las pruebas relacionadas con la conducta sexual pasada de la víctima solo se permitan en los procesos penales "cuando sean relevantes y necesarias", de acuerdo con la institución comunitaria. "Con la idea de construir un futuro más seguro, medidas preventivas tienen por objetivo incrementar la concienciación sobre las causas principales de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y promover el papel central del consentimiento en las relaciones sexuales", apuntó el Consejo. Las nuevas normas entrarán en vigor veinte días después de su publicación en el boletín oficial de la UE. Los Estados miembros tendrán tres años para trasponer a la legislación nacional las disposiciones de la directiva.