En el documento, llamado 'Estamos contigo. La violencia de género la paramos unidas', el Ministerio recomienda llamar al 016 o que se escriba un correo electrónico al 016-@online@mscbs.es para poder recibir el asesoramiento necesario durante el confinamiento por el Covid-19. Este teléfono está disponible 24 horas al día, todos los días a la semana.
En el caso de buscar asesoramiento jurídico, las mujeres podrán llamar al mismo número desde las 8:00 horas hasta las 22:00 horas todos los días de la semana. Además de ser un servicio que se presta en 52 idiomas distintos, también cuenta con atención adaptada a situaciones de discapacidad (www.telesor.es y ww.svisual.rg).
Las mujeres que puedan estar sufriendo violencia de género en sus hogares deben buscar apoyo de familiares y amigos. No obstante, el Ministerio ha puesto en marcha un servicio rápido de apoyo emocional inmediato, a través de WhatsApp (682916136 y 682508507).
Si la situación es de emergencia, la guía aconseja llamar al 112 o a los teléfonos de emergencia de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Otra opción que ofrece es descargarse la aplicación ALERTCOPS, para enviar una señal de geolocalización a la Policía.
Ante estar en una situación de peligro, el Ministerio de Igualdad recomienda que se abandone el domicilio y que se solicite ayuda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Para aquellas víctimas que no puedan permanecer en la casa y que no tienen otro lugar donde quedarse, existen centros de emergencia y de acogida, ya que el Gobierno los han declarado como servicio esencial para la ciudadanía.
Sin embargo, en la mayoría de estos centros no admiten animales de compañía, por lo que, la Dirección General de Derechos de los Animales ha puesto en marcha un teléfono para gestionar espacios seguros para los animales: 673765330.
En el caso de que el maltratador quebrante una medida de prohibición de comunicación, se deberá informar de inmediato al abogado o al agente policial que lleve el caso. De modo que, es necesario guardar el registro de llamadas y mensajes como prueba para proceder a la denuncia.
Por otro lado, si cuenta con hijos en común, la mujer puede solicitar la suspensión cautelar de visitas con motivo del estado de alarma, siempre valorando el riesgo de contagio derivado de la movilidad de los niños, según el Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial del 13 de marzo de 2020. En este sentido, el Ministerio advierte de que es posible que después se compensen las visitas que no hayan sido realizadas por el otro progenitor.
De modo que, el Ministerio recomienda que los niños permanezcan únicamente en el domicilio del progenitor en el que se encontrasen cuando se declaró el estado de alarma, o en el que se encuentren actualmente.